Reynosa en FASE 1 por COVID-19…..

Reynosa en FASE 1 por COVID-19.

Por: José Luz CHÁVEZ VARGAS.

Cd. Victoria, Tam. De acuerdo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que el Gobierno de México tiene la obligación de garantizar y realizar todas las acciones necesarias para ello.

El 27 de marzo de 2020 la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), en el cual se prevé que la Secretaría de Salud podrá implementar, además de las previstas en el artículo 184 de la Ley General de Salud, las acciones que se estimen necesarias, y que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán coordinarse y brindar los apoyos que sean requeridos por la Secretaría de Salud, para la instrumentación de las medidas de mitigación y control de la COVID-19;

Así mismo, el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado Se limitan capacidades de operación, horarios y días de actividades económicas NO esenciales en donde al inicio de la presente semana en Reynosa se ubica en FASE 1 por COVID; donde hay restricciones y tendrá vigencia hasta el día 31 del presente mes de agosto.

El Comité Estatal de Seguridad en Salud incluyo al municipio de Reynosa en la Fase 1 por la emergencia sanitaria a causa del COVID-19, junto con Reynosa, otros 22 municipios del norte, centro y sur del Estado fueron contemplados dentro de la FASE 1.

El documento oficial establece los Lineamientos de Seguridad Sanitaria y de Salud para contener la Pandemia provocada por el virus SARS-COV2 (COVID-19).

El Acuerdo es obligatorio y sus disposiciones son de orden público e interés sociales, mismos que contienen objetivos, consideraciones, recomendaciones y estrategias sobre las medidas de prevención y de protección de la salud que deben ejecutar los sectores público, económico y social.

Teniendo en cuenta que los Horarios de Movilidad serán de 06:00 Hrs. A 23:59 Hrs. En los municipios de FASE I: Abasolo, Altamira, Antiguo Morelos, Camargo, Cd. Madero, Gómez Farías, González, Jaumave, Llera, El Mante, Matamoros, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Padilla, Reynosa, Río Bravo, San Fernando, Soto la Marina, Tampico, Tula, Valle Hermoso, Cd. Victoria y Xicoténcatl.

En la FASE II Burgos, Bustamante, Casas, Cruillas, Güémez, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Hidalgo, Jiménez, Mainero, Méndez, Mier, Miquihuana, Nuevo Morelos, Ocampo, Palmillas, San Carlos, San Nicolás y Villagrán.

Servicios Profesionales, científicos y técnicos (Servicios legales, diseño especializado, consultoría administrativa, científica y técnica, investigación científica y desarrollo, publicidad, investigación de mercados y encuestas de opinión pública, fotografía y videograbación, traducción e interpretación y otros servicios profesionales, científicos y técnicos). FASE I.- Capacidad laboral al 60% Servicio de lunes a viernes, hasta las 20:00 hrs. Cerrado sábado y domingo.  FASE II Capacidad laboral al 75% Servicio de lunes a viernes, hasta las 20:00 horas. Cerrado sábado y domingo.

Servicios Inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles (Renta y venta de casas,} terrenos, edificios, locales comerciales, de automóviles, camiones y otros transportes terrestres). FASE I.-  Capacidad laboral al 60% Servicio de lunes a viernes hasta las 20:00 hrs. Cerrado sábado y domingo. FASE II.- Capacidad laboral al 75% Servicio de lunes a viernes, hasta las 20:00 horas. Cerrado sábado y domingo.

Servicios de Reparación y mantenimiento (Talleres eléctricos, artículos para el hogar y otros artículos personales). FASE I.- Servicio de lunes a sábado, hasta las 20:00 hrs. Cerrado domingo. FASE II.- Servicio de lunes a sábado, hasta las 20:00 horas. Cerrado domingo.

Servicios de Asistencia social (Orfanatos, asilos, casas de migrantes, servicios comunitarios de alimentación, refugio y emergencia). FASE I.- Capacidad de visitantes al 50% Servicio de lunes a domingo, hasta las 17:00 horas. FASE II.- Capacidad de visitantes al 75% Servicio de lunes a domingo hasta las 18:00 horas.

Salones de Belleza, barberías, estéticas, peluquerías y salones de manicure y pedicure. FASE I.- Capacidad de atención al 60% Servicio de lunes a sábado, hasta las 18:00 horas. Cerrado Domingo. Uso obligatorio de cubre-bocas

y uso de protocolo. FASE II.- Capacidad de atención al 75% Servicio de lunes a domingo, hasta las 20:00 horas. Uso obligatorio de cubre-bocas y uso de protocolo.

Restaurantes y servicios de preparación de alimentos con bebidas. FASE I.-  Capacidad al 60% Servicio de lunes a domingo, hasta las 23:00 horas. Queda prohibido el ingreso a toda persona sin cubre-bocas. Venta de alcohol solo con alimentos de lunes a domingo hasta las 22:30 horas. Prohibido servicio de buffete. Prohibida la música en vivo. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Capacidad al 75% Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 00:00 horas. Queda prohibido el ingreso a toda persona sin cubre-bocas. Venta de alcohol solo con alimentos de lunes a domingo hasta las 00:00 horas. Prohibido servicio de buffete. Prohibida la música en vivo. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Tianguis, Puestos fijos y semifijos. FASE I.- Capacidad de instalación de tianguistas al 40%. Responsabilidad del municipio del cumplimiento de esta capacidad. Capacidad de visitantes al 30% Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Servicio de jueves a domingo, hasta las 18:00 horas. Cada puesto deberá estar distanciado al menos 5 metros uno de otro y se prohíbe la venta a personas que no porten Cubre-bocas, no se apliquen gel antibacterial y no guarden la sana distancia. Seguir los protocolos establecidos. FASE II.- Capacidad de instalación de tianguistas al 50%. Responsabilidad del municipio del cumplimiento de esta capacidad. Capacidad de visitantes al 50% Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Servicio de lunes a domingo hasta las 16:00 horas. Cada puesto deberá estar distanciado al menos 5 metros uno de otro y se prohíbe la venta a personas que no porten cubre-bocas, no se apliquen gel antibacterial y no guarden la sana distancia. Seguir los protocolos establecidos.

Manejo de residuos y servicios de remediación FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios.  FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Industria Manufacturera Esencial. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Industria manufacturera no Esencial. FASE I.- Capacidad laboral al 60%. FASE II.- Capacidad laboral al 75%.

Hoteles y servicios de alojamiento temporal. FASE I.- Capacidad al 65%, incluida áreas lúdicas. Uso de alberca por horarios, solo para huéspedes. Restaurante al 60% sin servicio de buffete. Servicio al cuarto. FASE II.- Capacidad al 75%, incluida áreas lúdicas. Uso de alberca por horarios, solo para huéspedes. Restaurante al 75% sin servicio de buffete. Servicio al cuarto.

Guarderías Subrogadas Institucionales FASE I.- Para las guarderías que prestan servicios Institucionales (subrogados), la reapertura será responsabilidad de las instituciones de quien dependan, siguiendo con los protocolos establecidos. Capacidad al 50%. Seguir protocolos establecidos. Uso obligatorio de cubre-bocas. Comprobar la realización de desinfección semanal. Distintivo de establecimiento seguro. Cerrar de forma inmediata si hay brotes. FASE II.- Para las guarderías que prestan servicios Institucionales (subrogados), la reapertura será́ responsabilidad de las instituciones de quien dependan, siguiendo con los protocolos establecidos. Capacidad al 75% Seguir protocolos establecidos. Uso obligatorio de cubre-bocas. Comprobar la realización de desinfección semanal. Distintivo de establecimiento seguro. Cerrar de forma inmediata si hay brotes.

Guarderías Privadas FASE I.- Capacidad al 35% Seguir protocolos establecidos. Uso obligatorio de cubre-bocas. Comprobar la realización de desinfección semanal. Distintivo de establecimiento seguro. Cerrar de forma inmediata si hay brotes. FASE II.- Capacidad al 50% Seguir protocolos establecidos. Uso obligatorio de cubre-bocas. Comprobar la realización de desinfección semanal. Distintivo de establecimiento

seguro. Cerrar de forma inmediata si hay brotes.

Corporativos y servicios de apoyo a los negocios (Servicio de seguridad privada, intendencia) FASE I.- Capacidad laboral administrativa al 60%. Capacidad operativa sin restricción. FASE II.- Capacidad laboral administrativa al 75% Capacidad operativa sin restricción.

Construcción de Obras de ingeniería civil, edificación y trabajos especializados en construcción FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Comercio al por Menor en tiendas de autoservicio FASE I.- Una persona por familia. Capacidad de servicio al 60% Queda prohibida la venta a toda persona sin uso de cubre-bocas. Con la utilización del 100% de las cajas y/o no mantener más de 3 personas por fila para pagar. Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 22:00 horas. Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 20:00 horas. Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Una persona por familia. Capacidad de servicio al 75%. Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Con la utilización del 100% de las cajas y/o no mantener más de 3 personas por fila para pagar. Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 00:00 horas. Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 22:00 horas. Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Comercio al por Menor en tiendas departamentales y plazas comerciales. FASE I.- Una persona por familia. Capacidad de servicio al 50%. Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Control de entradas y salidas

de personas del establecimiento. Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 20:00 horas. Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 20:00 horas Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Los restaurantes en las Plazas

Comerciales, mantienen mismo horario que restaurantes. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Una persona por familia. Capacidad de servicio al 75%. Queda prohibida la venta a toda persona sin uso de cubre-bocas. Control de entradas y salidas de personas del establecimiento. Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 00:00 horas. Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Venta de alcohol de lunes a sábado hasta las 22:00 horas Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Los restaurantes en las Plazas Comerciales, mantienen mismo horario que restaurantes. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Comercio al por Menor de productos textiles, bisutería, accesorios de vestir y calzado (Tiendas de ropa, Zapaterías, Joyerías, Accesorios para el arreglo personal) FASE I.-  Capacidad de servicio al 50% Una persona por familia Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Control de entradas y salidas de personas del establecimiento. Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 20:00 horas. Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. BASE II.- Capacidad de servicio al 75% Una persona por familia. Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Control de entradas y salidas de personas del establecimiento. Servicio de lunes a domingo de las 6:00 hasta las 00:00 horas. Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Comercio en General aplicable a mercerías, librerías, tiendas de juegos, tlapalerías y venta de pinturas, venta de telas, paleterías, neverías, dulcerías. FASE I.- Capacidad de servicio al 50% Una persona por familia Servicio de lunes a domingo hasta las 20:00 horas. FASE II.- Capacidad de servicio al 75% Una persona por familia Servicio de lunes a domingo hasta las 20:00 horas.

Comercio al por Menor de enseres domésticos, artículos para la decoración de interiores y artículos usados. FASE I.- Capacidad de servicio al 50% Una persona por familia Servicio de lunes a domingo, hasta las 20:00 horas. FASE II.- Capacidad de servicio al 75% Una persona por familia Servicio de lunes a domingo, hasta las 20:00 horas.

Artículos de Papelería, escolares y computadoras. FASE I.-  Servicio de lunes a sábado hasta las 22:00 horas. Domingo cerrado. Una persona por familia. FASE II.- Servicio de lunes a domingo hasta las 22:00 horas. Una persona por familia.

Comercio al por Menor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco para el esparcimiento y otros artículos de uso personal. FASE I.-  Horario de venta al público desde las 6:00 horas hasta las 22:00 horas y desde las 22:01 hasta las 05:59 horas por ventanilla. Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 20:00 horas. Queda prohibida la venta a

toda persona sin cubre-bocas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Horario de venta al público desde las 6:00 horas hasta las 00:00 horas. Venta de alcohol de lunes a sábado hasta las 22.00 horas.  Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Depósitos. FASE I.- Horario de venta al público hasta las 20:00 horas. Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 20:00 horas. Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Queda prohibida la venta a toda persona sin cubre-bocas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Horario de venta al público hasta las 00:00 horas. Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 22:00 horas. Queda prohibida la venta de alcohol sábados y domingos. Queda prohibida la venta a toda persona sin uso de cubre-bocas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Distribuidoras de Víveres. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Agencias Automotrices. FASE I.- Servicio de lunes a domingo hasta las 19:00 horas. Un cliente por asesor. FASE II.- Servicio de lunes a domingo hasta las 19:00 horas. Un cliente por asesor.

Actividades legislativas, gubernamentales y de impartición de justicia y organismos internacionales y extraterritoriales. FASE I.- Sujetarse al protocolo correspondiente. FASE II.- Sujetarse al protocolo correspondiente.

Transporte Público. FASE I.- 50% de la capacidad del vehículo. Queda prohibidos el ingreso de pasajeros sin uso de Cubre-bocas. Exhorto de la Subsecretaría de Transporte a las personas concesionarias sobre el puntual cumplimiento a las medidas sanitarias y las sanciones aplicables. Servicio de lunes a domingo hasta las 00:00 horas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- 50% de la capacidad del vehículo. Queda prohibidos el ingreso de pasajeros sin uso de cubre-bocas. Exhorto de la Subsecretaría de Transporte a las personas concesionarias sobre el puntual cumplimiento a las medidas sanitarias y las sanciones aplicables. Servicio de lunes a domingo hasta las 00:00 horas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Mensajería y Paquetería. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Servicios de Comunicación y telecomunicación. FASE I.-  Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Expendios de Agua purificada. FASE I.-  Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Laboratorios clínicos. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios.  FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Farmacias. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Servicios veterinarios. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Hospitales. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Gaseras y Gasolineras. FASE I.-  Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Ferreterías y refaccionarias. FASE I.- Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Consultorios de Servicios de salud. FASE I.-  Sin restricción operativa y de horarios. FASE II.- Sin restricción operativa y de horarios.

Centrales de Abasto. FASE I.-  Capacidad de servicio al 50%. FASE II.- Capacidad de servicio al 50%

Bancos. FASE I.-  Capacidad de servicio al 75%. FASE II.- Capacidad de servicio al 75%

Cines. FASE I.- Apertura al 50% de su capacidad por sala, garantizando la sana distancia. Uso de cubre-bocas obligatorio. Apertura del área de dulcería y cafetería para venta de alimentos de lunes a domingo hasta las 22:00 horas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Apertura al 70% de su capacidad por sala, garantizando la sana distancia. Uso de cubre-bocas obligatorio. Apertura del área de dulcería y cafetería para venta de alimentos de lunes a domingo hasta las 22:00 horas. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Iglesias. FASE I.- Capacidad de servicio al 50% con el respeto de sana distancia entre personas y bancas. Un solo acceso. Una persona debe estar al ingreso del templo y/o iglesia para que tome temperatura y vigile que se cumpla con la capacidad estipulada En la celebración de cultos y oficios de cualquier denominación religiosa, se prohíben las reuniones masivas. Horarios fijos de los servicios (mismos que deberán ser colocados en las puertas de ingreso del templo y de las oficinas administrativas). Cancelar visiblemente los espacios entre las bancas, observando el respeto de sana distancia entre personas. Servicios de 5 días a la semana, los días miércoles, jueves, viernes, sábado y domingo. Comprobar la realización de desinfección al término de cada servicio. Uso obligatorio de cubre-bocas. Seguir los protocolos establecidos. FASE II.- Capacidad de servicio al 50% con el respeto de sana distancia entre personas y bancas. Un solo acceso. Una persona debe estar al ingreso del templo y/o iglesia para que tome temperatura y vigile que se cumpla con la capacidad estipulada En la celebración de cultos y oficios de cualquier denominación religiosa, se prohíben las reuniones masivas. Horarios fijos de los servicios (mismos que deberán ser colocados en las puertas de ingreso del templo y de las oficinas administrativas). Cancelar visiblemente los espacios entre las bancas, observando el respeto de sana distancia entre personas. Servicios de 5 días a la semana, los días miércoles, jueves, viernes, sábado y domingo. Comprobar la realización de desinfección al término de cada servicio. Uso obligatorio de cubre-bocas. Seguir los protocolos establecidos.

Teatros, Museos, Circos y juegos mecánicos infantiles semifijos. FASE I.- Capacidad de servicio al 35% Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Circos cerrados. Juegos mecánicos e infantiles semifijos: cerrados. Uso de cubre-bocas obligatorio. Seguir los protocolos establecidos. FASE II.- Capacidad de servicio al 50% Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas,

adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. Circos con capacidad del 35% Juegos mecánicos e infantiles semifijos al 35%. Uso de cubre-bocas obligatorio. Seguir los protocolos establecidos.

Bibliotecas. FASE I.- Capacidad de servicio al 40% Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie. FASE II.- Capacidad de servicio al 75% Establecer medidas de protección especificas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie.

Salones de Eventos, palapas, jardines y albercas. FASE I.- Horario límite de servicio hasta las 23:00 horas. Capacidad de servicio al 40% o hasta un máximo de 100 personas; lo que sea menos. Si se usan mesas para 12 personas, máximo 8 personas. Si se usan mesas para 10 personas, máximo 6 personas. Uso obligatorio de cubre-bocas. Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Horario límite de servicio hasta las 00:00 horas. Capacidad de servicio al 60% Si se usan mesas para 12. Si se usan mesas para 12 personas, máximo 8 personas. Si se usan mesas para 10 personas, máximo 6 personas. Uso obligatorio de cubre-bocas. Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Servicios Culturales, deportivos y extracurriculares. FASE I.- Capacidad de servicio al 25% Uso obligatorio de cubre-bocas Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Capacidad de servicio al 50% Uso obligatorio de cubre-bocas. Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños. Seguir los protocolos establecidos. Distintivo de establecimiento seguro.

Gimnasios. FASE I.- Capacidad de servicio al 35% por área dentro del gimnasio y hasta el 50% en áreas al aire libre. Áreas ventiladas. Horario de 05:00 a 20:00 horas. Uso obligatorio de cubre-bocas. Garantizar la desinfección de cada aparato después de su uso. Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños. Distintivo de establecimiento seguro. FASE II.- Capacidad de servicio al 50% por área dentro del gimnasio. Áreas ventiladas. Horario de 05:00 a 22:00 horas. Uso obligatorio de cubre-bocas. Garantizar la desinfección de cada aparato después de su uso. Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños. Distintivo de establecimiento seguro.

Actividades Deportivas al aire libre. FASE I.- Solo deportistas, sin aforo. En deportes de equipo presentar 4 pruebas negativas a COVID-19 cada 14 días, presentar en modalidad de prueba rápida. Dos o más casos positivos del mismo equipo, se dará de baja el equipo. En deportes uno a uno, sin público. FASE II.- En deportes de equipo presentar 4 pruebas negativas a COVID-19 cada 14 días rotando jugadores, presentar en modalidad de prueba rápida. Dos o más casos positivos del mismo equipo, se dará de baja el equipo.

Actividades Deportivas en espacios cerrados. FASE I.-  Solo deportistas, sin aforo. En deportes de equipo presentar 4 pruebas negativas a COVID-19 cada 14 días, presentar en modalidad PCR. Dos o más casos positivos del mismo equipo, se dará de baja el equipo. En deportes uno a uno, sin público. FASE II.- Capacidad al 50% En deportes de equipo presentar 4 pruebas negativas a COVID-19 cada 14 días, presentar en modalidad PCR. Dos o más casos positivos del mismo equipo, se dará de baja el equipo.

Playas, Ríos y balnearios. FASE I.- Las que determine el proyecto de la Secretaría de Turismo del Estado de Tamaulipas. FASE II.- Las que determine el proyecto de la Secretaría de Turismo del Estado de Tamaulipas.

Establecimientos con Venta de alimentos preparados semifijos y ambulantes. FASE I. Capacidad de 40% Servicio en el establecimiento de las 06:00 horas hasta las 20:00 horas. Cuidado de la sana distancia. Prohibida la venta sin uso de cubre-bocas. FASE II.- Capacidad de 50% Servicio en el establecimiento de las 06:00 horas hasta las22:00 horas. Cuidado de la sana distancia. Prohibida la venta sin uso de cubre-bocas.

Centros de Espectáculos, tabernas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, ferias, conciertos y shows. FASE I.- Cerrado. FASE II.- Cerrado

Billares, Cantinas, cervecerías y bares. FASE I.- Horario e servicios hasta las 20:00 horas de lunes a viernes Capacidad de servicio al 35% Seguir los protocolos establecidos. FASE II.- Horario e servicios hasta las 22:00 horas de lunes a viernes Capacidad de servicio al 50% Seguir los protocolos establecidos.

Además de las medidas anteriores, deberán dar cumplimiento a las siguientes medidas de seguridad sanitaria, aplicables para cualquier giro o actividad: -Uso de cubre-bocas. -Instalación de filtros sanitarios para la toma de temperatura y aplicación de gel antibacterial. -Tapete o solución desinfectante de calzado.- Respetar la sana distancia. Se apertura los centros turísticos en los Municipios, de acuerdo con los protocolos publicados en el Periódico Oficial del Estado Extraordinario número 14 Edición Vespertina de fecha 9 de mayo de 2021 en su edición vespertina, cumpliendo con las medidas y especificaciones del cuadro superior.

En Artículo Tercero dice: Todos los municipios de la Entidad deberán observar las medidas de seguridad en materia de sanitaria previamente establecidas: 1. En todos los lugares, recintos y establecimientos, públicos o privados, se deberán observar, en todo momento y de manera obligatoria, las siguientes prácticas de higiene, sana distancia y prevención: a. Las personas deberán lavarse las manos frecuentemente; b. Las personas al estornudar o toser deberán aplicar la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo);

  1. No saludar de beso, de mano o abrazo (saludo a distancia); d. Portar cubre-bocas o mascarilla facial en nariz y boca; e. Utilizar y proveer gel antibacterial para manos y superficies; y f. Mantener todas las medidas de sana distancia recomendadas por las Secretarías de Salud, tanto federal como estatal. g. Entrega de cubre-bocas en las plazas públicas que de conformidad con los operativos preventivos se determine necesario.
  2. Es obligatorio el uso de cubre-bocas para todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, como lo son la vía pública, los edificios públicos o el transporte público.

Artículo Cuarto. Se aplica la medida del doble no circula en las ciudades de El Mante, Matamoros, Reynosa y Nuevo Laredo: 1. Esta medida se aplicará para los vehículos nacionales y extranjeros, según el día que corresponda a la terminación de la placa, con excepción de situaciones de urgencia, vehículos oficiales o de dependencias gubernamentales o empresas privadas consideradas esenciales, el transporte de productos agrícolas, pesqueros, pecuarios o agroindustriales, así como para el transporte y circulación del personal médico y sanitario debidamente acreditado. 2. No circularán los vehículos cuyo último número visible de la placa o engomado respectivo que corresponda con la siguiente distribución semanal: 1. Lunes 0 y 1; 2. Martes 2 y 3; 3. Miércoles 4 y 5; 4. Jueves 6 y 7; y 5. Viernes 8, 9 y vehículos con permisos de circulación.

En el Artículo Quinto. Se autoriza a las autoridades competentes de la Secretaría de Salud del Estado de Tamaulipas y de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Tamaulipas, para vigilar que se cumplan con las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo, así como el cumplimiento de los presentes Lineamientos y protocolos respectivos. De igual manera tendrán la facultad de exhortar a los establecimientos con las medidas adicionales a las dispuestas en este Periódico Oficial del Estado.

De conformidad con el artículo 402 y 403 de la Ley General de Salud; fracción V del articulo 4; y la fracción VI del artículo 13 de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas, se faculta a los Municipios del Estado de Tamaulipas a efecto de que actúen como autoridades auxiliadoras para vigilar la observancia de las medidas de seguridad sanitarias establecidas en el presente Acuerdo, y en su caso, la aplicación de la sanción que administrativamente corresponda.

Artículo Sexto. El Comité́ Estatal de Seguridad en Salud evaluará de manera permanente las fases descritas en el Acuerdo publicado el 30 de mayo del año 2020 y será quien determine el avance de una fase a otra, permanecer en la misma fase y/o regresar a fases anteriores.

Artículos Transitorios; Artículo Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas. Artículo Segundo. El presente Acuerdo tendrá́ una vigencia hasta el 31 de agosto del año en curso; y se podrá́ suspender la vigencia del mismo en cualquier momento, además de ser adicionado o modificado, tomando en consideración las circunstancias que prevalezcan, en el avance, propagación o evolución del virus SARS- CoV2 (COVID-19).

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