Disminuye Recaudación Fiscal…

Evasión Fiscal.

Por: Lic. Alberto González Káram

Investigación Especial

  • Monto calculado de 2 mil 602 millones de pesos diarios que ascienden a 314 mil 905 millones de pesos de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en primer cuatrimestre del 2020
  • Por evasión fiscal y operaciones simuladas dejarán de ingresar 947 mil 920 millones de pesos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al cierre del ejercicio fiscal 2020

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue sin alcanzar su máximo nivel de recaudación que tienen su origen en las facilidades administrativas, estímulos fiscales o tasas especiales, la exención del impuesto a ciertas actividades o por la evasión fiscal determinada por un bajo nivel de cumplimiento y por la emisión de comprobantes fiscales derivados de operaciones simuladas por un monto calculado de 2 mil 602 millones de pesos diarios que ascienden a 314 mil 905 millones de pesos al cierre del primer cuatrimestre del 2020.

En caso de permanecer las condiciones anteriores y continuar los bajos niveles de recaudación se estima que dejarán de ingresar 947 mil 920 millones de pesos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al cierre del ejercicio fiscal 2020.

Los sectores primario, secundario y terciario registraron un valor económico agregado bruto de 22 billones 493 mil 227 millones de pesos de Producto Interno Bruto Nominal (PIBN) representando el 92.44 por ciento del total y 1 billón 840 mil 304 millones de pesos de pagos de impuestos netos a los productos que equivalen al 7.56 por ciento al cierre del primer cuatrimestre del 2020.

En México se registró un ingreso público federal de 15 mil 448.39 millones de pesos diarios con un crecimiento real del 1.5 por ciento, obteniendo la actual administración pública federal una calificación aprobatoria de 92.32 puntos por su eficiencia y eficacia recaudatoria que demuestran y comprueban plenamente el reconocimiento de 78 millones 470 mil 475 contribuyentes a la actual administración pública federal.

Es importante destacar los siguientes incrementos porcentuales reales de los ingresos públicos federales en plena Pandemia del Coronavirus en México: Impuesto Sobre la Renta (ISR) 1.1, Impuesto al Valor Agregado (IVA) 16.2, Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) 3.6, Otros Impuestos 46.0, Derechos 4.0, Aprovechamientos 153.5, Organismos de control presupuestario directo 3.4 y 1.9 Empresa Productiva del Estado (CFE).

La primera posición de recaudación federal corresponde al Impuesto sobre la renta (ISR) por un monto de 696 mil 103.7 millones de pesos con una participación del 54.47 por ciento y en segundo lugar el Impuesto al valor agregado (IVA) por 371 mil 660.5 millones de pesos que representa el 29.08 por ciento.

Los datos relevantes y confiables que determinan la evasión fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la emisión de comprobantes fiscales derivados de operaciones simuladas permiten conocer los cuantiosos daños económicos que generan y tomar decisiones racionales para combatir este tipo de operaciones.

La estimación del monto evadido del Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluye la emisión de comprobantes fiscales que son generados por grandes contribuyentes sospechosos.

En la presente investigación especial, se demuestra y comprueba la excesiva corrupción tolerada que predominaba entre el poder político y económico hasta finales del sexenio pasado, al registrarse la baja subrepticia del padrón de 1 mil 403 grandes contribuyentes como personas morales que facturaron ingresos superiores a 1 billón 750 mil millones de pesos anualmente, representando más de 10 billones 500 mil millones de pesos que no presentaron declaraciones fiscales ni pagaron impuestos federales en la administración pública federal 2012-2018, en el entendido que hasta la pasada elección federal se encontraban inscritos 10 mil 194 y quedaron 8 mil 791 grandes contribuyentes en la actual administración pública federal con una reducción de dos dígitos del -13.76 por ciento.

Comportamiento del Padrón de Contribuyentes     Junio 2018-Abril 2020

Tipo de Contribuyentes                                 2018                 2020                        %

Personas Físicas                                        27,918,395      29,847,959                06.91

Grandes Contribuyentes (PF)                         29,400              39,633                34.81

Asalariados (PF)                                         38,511,412      46,418,105               20.53

Personas Morales                                        1,948,332        2,155,987               10.66

Grandes Contribuyentes (PM)                        10,194                8,791              -13.76

T o t a l                                                         68,447,733      78,470,475               14.64

Fuente: “Comportamiento del Padrón de Contribuyentes Junio 2018-Abril 2020”, Lic. José Alberto González Káram, Presidente de la Comisión Binacional de Asuntos Fronterizos del Colegio Nacional de Economistas, A.C. (CNE) y Vicepresidente del Colegio de Economistas del Noreste de México, A.C. (CENEMAC), Investigación Especial, Junio del 2020.

Los resultados de la presente investigación especial permiten instrumentar una serie de recomendaciones para la integración de la sistematización del monitoreo y detección de grandes contribuyentes sospechosos, identificar a los presuntos evasores, detectar y alertar las operaciones de evasión y lavado de dinero.

El detectar los flujos circulares de activos en redes de emisores y receptores de facturas fiscales, prevenir la autofacturación y vinculación entre dos o más empresas con la aplicación de técnicas de circularidad.

La reducción de prácticas y emisión de alertas sobre los contribuyentes que se dieron de baja después de haber vendido facturas durante algunos meses, como en los casos de suspensión de actividades y solicitudes de baja previa verificación fiscal de montos manejados, fecha de creación y cancelación de facturas.

El crear el comprobante digital simplificado que permita vincular las ventas al público en general con la emisión del comprobante fiscal que genere el contribuyente para cumplir con su obligación de facturar todas aquellas ventas por las que sus clientes no le requieren documentos fiscales.

Es importante evitar la emisión de facturas que sean utilizadas para deducir impuestos y proceder posteriormente a su cancelación, mediante la utilización de avisos en el buzón tributario de cada contribuyente que detecten a los emisores responsables de cancelar una factura previa aprobación de cancelación por parte de la autoridad fiscal.

El asegurar la recuperación de los impuestos evadidos con facturas canceladas, mediante la generación de un correo electrónico personalizado dirigido al emisor y receptor del comprobante fiscal cancelado con el recordatorio que debe presentar su declaración complementaria para los efectos fiscales que correspondan.

La identificación de los contribuyentes que se dedican a la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, exclusivamente cuando las cifras, cantidad o valor de los comprobantes fiscales, superen 3 veces lo establecido en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.

En la reciente reforma fiscal se establece aplicar sanción de dos a nueve años de prisión, al que por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

El contribuyente que cometa delitos fiscales será sancionado con las mismas penas, al que a sabiendas permita o publique, a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Los delitos fiscales que sean cometidos por los servidores públicos en ejercicio de sus funciones serán destituidos del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos, en adición a la agravante señalada en el Artículo 97 del Código Fiscal de la Federación.

La prospectiva de incrementar los ingresos públicos federales para lograr el equilibrio fiscal requiere abatir la evasión fiscal y emisión de comprobantes fiscales derivados de operaciones simuladas, combatir la excesiva corrupción con la prospectiva del incremento de la recuperación de adeudos fiscales, abatir el robo de hidrocarburos, eliminar las megadevoluciones, aplicar una política de cero endeudamiento y baja inflación, aparejada a una estrategia de reactivación económica y social para incrementar la inversión, promover el empleo e incrementar la producción, así como mejorar las condiciones de vida y bienestar social, sin elevar impuestos ni crear impuestos nuevos, protegiendo y apoyando directamente a los trabajadores, micros, pequeñas y medianas empresas formales e informales con bajas tasas de interés y evitar impuestos altos en los ejercicios fiscales 2020-2024.

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