Apoyo a Empleados Ante COVID-19..

Nuevo Periodo Laboral ante el COVID-19.

Por: José Luz CHÁVEZ VARGAS.

En el Diario Oficial de la Federación, se publica el día de hoy un nuevo periodo para mitigar la propagación del coronavirus COVID-19, donde se establece los criterios aplicables para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

En el Artículo Primero, se manifiesta que durante el periodo comprendido entre el 3 de agosto y el 30 de septiembre de 2020, para reducir la transmisión del COVID-19, los Titulares de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de las Unidades de Administración y Finanzas o equivalentes en la Administración Pública Federal, podrán autorizar o facilitar a las personas servidoras públicas.

Destacando primeramente el Trabajo en Casa, en aquellos casos en que esto sea posible, sin alterar el debido cumplimiento de sus funciones. Esta disposición será obligatoria en el caso de los adultos mayores de 60 años, personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como diabetes, hipertensión, pulmonar, hepática, metabólica, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, cardiaca, entre otras, asociadas a un incremento en el riesgo de complicaciones.

Por otra parte, están los días de trabajo alternados entre el personal que integra las distintas unidades administrativas, procurando asegurar en todo tiempo las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud.

Para evitar los excesos en sus labores, se pondrá en marcha horarios escalonados en los días que asistan a los centros de trabajo, y de igual manera, procurando asegurar en todo tiempo las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud.

Es muy importante el uso de las tecnologías de información y comunicación para la realización de sesiones y reuniones de trabajo, acciones de capacitación y similares a efecto de minimizar el traslado, contacto y riesgo de contagio entre las personas servidoras públicas.

Y para finalizar, la disponibilidad permanente en el horario laboral de servicios preventivos de salud, filtros de supervisión, así como los insumos necesarios acorde con los «Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral» y «Lineamiento general espacios públicos cerrados en COVID-19».

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